Pisco Elqui

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Pisco Elqui

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Pisco Elqui

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Pisco Elqui es un pueblo chileno del Valle del Elqui que está ubicado en la comuna de Paihuano en la IV Región de Coquimbo, a 107 km al este de La Serena.

Es conocido por su relación con el pisco chileno. En la cercanías del pueblo se encuentra el Solar de Pisco Elqui, la destilería más antigua del Valle del Elqui.

Tabla de contenidos

[editar] Historia

Iglesia de Pisco Elqui

Iglesia de Pisco Elqui

Este pueblo fue conocido como La Greda, debido a que se encuentra asentado sobre la Quebrada de la Greda y cambiado por posteriomente a Pisco Elqui debido a que ahí también se fabricaba el pisco, “donde indios y españoles en el siglo XVI extraían el material para fabricar las botijas-pisqueras[1] .

Tuvo aquel nombre hasta el año 1873, época en la cual, tras una epidemia de viruela y producto de la solidaridad surgida entre sus habitantes a consecuencia de la tragedia, los vecinos acordaron designarlo con el nombre de La Unión.

El 20 de marzo de 1873, por decreto se ratificó el nombre dado a la localidad, al designar como La Unión a una de las subdelegaciones del Departamento de Elqui.

Posteriormente, el 1 de febrero de 1936 cambia su nombre a Pisco Elqui, mediante la Ley Nº 5.798, que estableció que “El pueblo de La Unión del Departamento de Elqui, se denominará, en lo sucesivo, Pisco Elqui“. Dicha ley se generó por una iniciativa presentada por Gabriel González Videla, por entonces diputado por La Serena.

[editar] Notas

  1. ? Cortés Olivares, Hernán F. (2005). «El origen, producción y comercio del pisco peruano, 1546-1931». Revista Universum 2 (20): 42-81. ISSN 0718-2376.

[editar] Origen

Denominación de Origen El Pisco, además de ser la bebida tradicional del Perú desde tiempos de la Colonia española, y símbolo de la peruanidad, constituye también lo que en el comercio internacional se conoce como una denominación de origen.

De acuerdo a lo dispuesto por el Arreglo de Lisboa relativo a la protección de las denominaciones de origen y su registro y según la definición establecida por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), se entiende por denominación de origen al nombre de un país, de una región o de un lugar determinado, que sea utilizado para designar a un producto originario de ellos, cuyas cualidades y características se deben exclusiva y esencialmente al medio geográfico, incluidos los factores naturales (geografía, clima, materia prima, etc.) y los factores humanos (mano de obra, arte, ingenio, tradición, etc.).

Por su parte, la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV) considera, además de estos elementos, el factor de “notoriedad” o “reputación” que deben tener las denominaciones de origen para ser consideradas como tales. Se trata pues, de un concepto integral que reviste significativa importancia para el sector vitivinícola pues constituye un valioso instrumento jurídico para el desarrollo de una economía, ya que tienen por objeto la “promoción colectiva” garantizando calidad, procedencia y, en muchos casos, tradición e historia de productos que son fruto del íntimo vínculo entre grupos humanos y la tierra de donde provienen.

Asimismo, las denominaciones de origen constituyen un mecanismo de defensa del consumidor y de la libre y leal competencia, pues el Acuerdo sobre los Derechos de la Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), suscrito en el marco de la Organización Mundial del Comercio, establece en la Sección III referida a las Indicaciones Geográficas, que “los países deberán impedir la utilización de indicaciones que sugieran que un producto proviene de una región geográfica distinta de su verdadero origen, induciendo al público a error, e incluso, cualquier otro tipo de utilización que constituya un acto de competencia desleal.”

Como se puede concluir, uno de los elementos indispensables para el reconocimiento de una Denominación de Origen y/o Indicación Geográfica es la pre-existencia de un referente geográfico que precisamente da origen a la denominación de un producto elaborado en ese determinado territorio. Es en este contexto que los países establecen el marco legal adecuado con la finalidad de impedir que la utilización de una designación o presentación de un producto indique que éste proviene de una región geográfica distinta de su verdadero lugar de origen. (Tomado de Crónicas y Relaciones que se refieren al origen y virtudes del Pisco. Bebida tradicional y patrimonio cultural del Perú. Banco Latino 1990, Primera Edición, Lima)

Dentro de los alcances de este concepto, el término “Pisco” se ubica como una denominación de origen exclusivamente peruana. En primer lugar, porque corresponde a un lugar geográfico que ha existido desde inicios de la Colonia con ese nombre, correspondiendo a una ciudad, un valle, un río, un puerto y una provincia en la costa sur del Perú. Asimismo, merece destacarse que desde el punto de vista de las disposiciones legales que regulan la demarcación política del Perú, el Distrito de Pisco existe como tal desde que el Perú se constituyó como República independiente en 1821, y que el mismo fue elevado a la categoría de Provincia mediante Ley del Congreso, de 13 de octubre de 1900, publicada en el diario oficial “El Peruano”, el 30 de octubre de 1900.

En segundo lugar, porque la extracción, recolección y posterior fabricación y elaboración de esta bebida se realiza a través de un proceso productivo exclusivo de la técnica peruana desarrollado y difundido en las regiones productoras.

Además, porqué la uva utilizada en su elaboración se debe al clima templado y a la formación tectónica del suelo, propio de la provincia de Pisco , que se extiende a los valles de los departamentos de Lima, Ica, Arequipa, Moquegua y algunos valles del Departamento de Tacna donde existen condiciones similares. Por otro lado, la reputación del Pisco también tiene neto origen peruano, remontándose al siglo XVII y continuando hasta la fecha.

Es necesario destacar que hasta la fecha ningún país ha registrado a nivel internacional -en el ámbito del Acuerdo de Lisboa- la denominación de origen Pisco . En el marco multilateral de la OMS, se viene negociando el establecimiento de un “Sistema Multilateral de notificación y registro de las indicaciones geográficas de vinos y bebidas espirituosas”, proceso en el cual el Perú viene participando activamente. Sin embargo, sí existe registrada en algunos países la palabra Pisco como “marca”, lo que resulta contrario a las normas internacionales vigentes que establecen claramente que una denominación de origen no puede, en ningún caso, ser registrado como marca.

[editar] Enlaces externos

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