Apropiación original

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Apropiación original

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El principio de apropiación orginal (homestead principle en inglés) es parte esencial de la ética liberal y de una parte del anarquismo.

El principio de apropiación original establece las condiciones para que un recurso que no tiene dueño se convierta en propiedad legítima. Según este principio, cualquier recurso que no haya sido “mezclado” con el trabajo de alguien, o que haya sido abandonado por su anterior propietario, es considerado como recurso sin dueño. La primera persona que “mezcle” su trabajo con el recurso se convierte en su propietario legítimo. El uso del término “mezclar trabajo” proviene del filósofo del siglo siglo XVII, Locke, quien enuncia el principio de la siguiente manera:[1]

…cada uno de los hombres es propietario de su propia persona. Nadie sino él tiene derecho sobre ella. Podemos decir que el trabajo de su cuerpo y las obras de sus manos son estrictamente suyos. Cuando aparta una cosa del estado que la naturaleza le ha proporcionado y depositado en ella y mezcla con ella su trabajo, le añade algo que es suyo, convirtiéndola así en su propiedad. Ahora existe a su lado, separada del estado común de la naturaleza puesta en ella. Con su trabajo le ha añadido algo que la excluye del derecho común de las demás personas. Dado que este trabajo es propiedad indiscutible del trabajador, nadie puede tener derecho sobre aquello que ha añadido…

Una vez que un recurso, previamente sin dueño, se ha convertido de esta forma en propiedad legítima de un individuo, la única manera justa en que la propiedad puede ser transferida a otra persona, de acuerdo al principio de libertad individual o al axioma de no-agresión, es a través de intercambios voluntarios o por medio de regalos o donaciones (ya que estos principios prohíben el uso de la violencia, excepto en defensa propia).

Para evitar el monopolio sostienen que si algo está en mi propiedad, sea un bien natural es mío, no lo que impide volver privado a todo un bien natural en su totalidad; además al volverlo rentable desincentiva el mantenerlo abandonado o sin uso. Además políticamente volvería inncesarios los gobiernos. Esto ante las críticas, auqnue de todas formas la teoría de la apropiación original tampoco tienen una única interpretación.

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[editar] Escasez y abundancia

Según estudios económicos los bienes escasos para ser mejor administrados deben ser poseídos según el criterio de apropiación original y propiedad privada. Tal postulado no es necesario para los bienes abundantes que pueden ser libres. Es bastante preferible que la intervención del Estado en este tipo de formas de propiedad sea nula, apelando en vez de ello a tratados mutuos y voluntarios, esto último asegura que no existan privilegios monopólicos hacia algún sector de la sociedad o agresiones injustificadas.

De todas formas se considera que se debe ser cauteloso en justificar esta teoría ya que aplicada de manera equivocada, especialmente si el Estado interviene en otorgar bienes, fortalecería el monopolio privado haciendo que ciertas personas se conviertan en propietarios exclusivos de recursos que originalmente son abiertos, privando de su uso a las demás personas, generando de tal forma escasez para el resto que utilizan libremente los recursos sin apropiarse de ellos, ya que el hecho de que nadie reclame una propiedad como suya de forma excluyente (por ejemplo el agua, la tierra, el aire, los bosques, el conocimiento, etc) no significa que no sea utilizada -individual o colectivamente- ni que se creen nuevos productos partir de ellos.

[editar] Observación

En sentido crítico se alega que esta teoría puede ser confusa en la práctica (al menos tal y como se plantea en ocasiones) puesto que combinaría aspectos contradictorios. Otro criterio en contra es que la legitimidad en la propiedad la crearía el usufructo y posesión reiterada con ánimo de continuidad, al desaparecer esta situación desaparece la propiedad. Se argumenta también que en la práctica, la propiedad surge más de una convencionalidad utilitaria que de una apropiación original.

Una propuesta ante eso es crear formas de propiedad voluntarias que sean participativas. Se debe dejar claro que la aplicación es del bien natural dentro de una propiedad y no la propiedad extensiva de un bien ad infinitum, para evitar interpretaciones malintencionadas; por ejemplo aclarando que se puede ser propietario del oro que exista dentro de mi propiedad, no propietario del oro como elemento.

[editar] Notas

  1. ? Tomado de Esplugas, Albert El monopolio de las ideas: contra la propiedad intelectual
  2. ? Locke, John (1689) “Tratados sobre el gobierno civil”, pág. 305-307, citado en Murray Rothbard, “La ética de la libertad”, Unión Editorial, 1995, pág. 49.

[editar] Véase también

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